domingo, noviembre 09, 2008

Carta conjunta de Consejos Consultivos sobre reglamentacion

Dado que aún seguimos en la espera de la reglamentación del Articulo 76 de la Ley 18250, el cual refiere a los Consejos Consultivos, espacios de participación ciudadana en el exterior, recordamos una de las tantas acciones que hemos propiciado en Buenos Aires con el propósito de mantener el compromiso asumido hacia esta nueva política de vinculación ciudadana.

Entendemos como válida esta propuesta, y somos parte activa del proceso de constitución y adherimos y sostenemos el espíritu del 1er Encuentro mundial de Consejos Consultivos, diciembre de 2006.-

Por tanto, es también nuestro anhelo, que esta concepción de la nueva política de vinculación, se encuentre claramente definida o contenida en la reglamentación de la ley.

Carta dirigida al Sr. Ministro Gonzalo Fernàndez, al Embajador JL Remedi y Vinculacion D Pelufo

Lunes 28 de julio de 2008,

Carta conjunta de 15 Consejos Consultivos sobre reglamentacion del articulo 74 - ley 18250. Creemos escencial, que la reglamentación para los Consejos Consultivos debe contener reglas, que reflejen el espiritu de las normas establecidas comprendiendo estos conceptos y principios fundadores.

Ministro de RREE, Sr. Gonzalo Fernández
Director de Asuntos Consulares, Sr. José Remedi
Directo de Vinculación, Sr. Diego Pelufo
Consul General de cada pais correspondiente al propio CC.

28 de julio, 2008

Señor Ministro Gonzalo Fernàndez

De manera convenida dentro del plazo otorgado para nuestra participación, los Consejos Consultivos abajo firmantes, luego de varias concertaciones por conferencias vocales y también intercambios escritos que posibilitan las tecnologías modernas, deseamos enviarle nuestra opinión sobre el tema de la reglamentación que nos concierne.

Como expresáramos en conjunto desde el 1° Encuentro de CCs. en Montevideo, somos espacios ciudadanos, instancias de vinculación y participación de la sociedad civil uruguaya organizada en el exterior , basados en la descentralización y la autonomía.

Compartimos desde nuestros inicios conceptos comunes dentro de estos cinco principios y hoy todavía estimamos que el respeto de los mismos deben permitir nuestro reconocimiento legal:

Democracia
Participación
Transparencia,
Pluralismo,
Inclusión.

Creemos escencial, que la reglamentación para los Consejos Consultivos debe contener reglas, que reflejen el espiritu de las normas establecidas comprendiendo estos conceptos y principios fundadores.

Los participantes en la conferencia, nos pronunciamos por unanimidad a favor en cuanto a que la demarcación de los Consejos debe ser territorial, cada miembro formando parte de uno solo de los consejos.

La gran mayoría de participantes en la conferencia, dijeron no al registro de ciudadanos como condición para poder ser miembros de los consejos.

Solo un consejo se abstuvo de pronunciarse. (complemento de informacion al final de la segunda página)

Reciba nuestros cordiales saludos.

Consejos Consultivos firmantes:
CC de Aguascaliente
CC de Bajio México
CC de Buenos Aires
CC de Chile
CC de Estocolmo
CC de Gotemburgo
CC de Illawarra
CC de New York, New Jersey, Connecticut
CC de Madrid
CC de Melbourne
CC de Paraguay
CC de Paris
CC de Toluca
CC de Toronto
CC de Sydney

Complemento de información:

Sobre la propuesta en favor de la demarcación territorial, que formularan en la conferencia los Consejos Consultivos participantes y aprobaran los firmantes de esta carta:
El CCP de Madrid estima necesario especificar su posición, ya que si bien esta a favor de la demarcación territorial, considera que para que pueda existir mas de un Consejo Consultivo por Demarcación Consular, el registro consular correspondiente se fraccionará en tantas partes como àmbitos territoriales se definan ; puesto que entiende que el registro es condición indispensable para poder elegir y ser elegido en el proceso de conformación de los consejos.