miércoles, octubre 31, 2007

Anhelo de un marco legal para los Consejos Consultivos


Martes 12 de diciembre de 2006, por Plenario de los Consejos Consultivos 2006
Reunidos en el 1er Encuentro de uruguayos en el exterior, los representantes de los Consejos Consultivos aprobaron la siguiente declaración el 12 de diciembre de 2006 y la presentaron a las tres bancadas del Parlamento de la República durante la visita de éste el día siguiente.

Emana de los Consejos Consultivos presentes la necesidad de lograr un marco legal adecuado que consolide y fortalezca lo que existe, en particular la experiencia de 32 Consejos Consultivos en 13 países, en el zócalo de bases comunes.

Esta decisión se inscribe en el proceso de reconocimiento legal de los derechos y los deberes de los ciudadanos uruguayos en el exterior.

Responde y acompaña el proceso de cambio en el país, reconoce el trabajo y la creatividad de los uruguayos en el exterior y es eje fundamental de la nueva vinculación.


Unidad en la diversidad


Los Consejos Consultivos son entidades de la sociedad civil uruguaya en el exterior, basados en la descentralización y la autonomía. Actualmente sus competencias se encuadran en las orientaciones definidas por el D20. Los Consejos Consultivos no sustituyen en sus cometidos a los servicios consulares.


Los Consejos Consultivos comparten principios comunes; el respeto de los mismos permite su reconocimiento legal:
· Democracia,
· Participación,
· Transparencia,
· Pluralismo,
· Inclusión.


Pensar gobal, actuar local


El marco legal, común a todos, deberá tener en cuenta las necesidades y el contexto propio en cada país de acogida. Por este motivo cada Consejo Consultivo, se dará sus propios estatutos y reglamentos que serán reconocidos. en tanto respeten los principios comunes generales antes expresados.


Este marco legal debe garantizar la posibilidad abierta a tod@s de participar en el ámbito geográfico que corresponda. La territorialidad de cada Consejo Consultivo es definida en base a la propuesta realizada por los ciudadanos que lo desean conformar, teniendo en cuenta las características geográficas y la concentración de ciudadanos uruguayos: Un Consejo Cosultivo por ámbito territorial.


La vinculación entre cada Consejo Consultivo y el Estado uruguayo se hará, de común acuerdo, a través de la Dirección General de Asuntos Consulares y Vinculación (D20). Los lazos de vinculación irán evolucionando en la medida que la estructura consular se vaya adecuando a las necesidades de servicios que los uruguayos en el exterior vayan planteando.


Los actuales Consejos Consultivos y aquellos que se creen hasta la aprobación del marco legal deberán ser tenidos en cuenta durante el proceso de aprobación del mismo. En esta perspectiva los Consejos Consultivos existentes acuerdan la generación de un espacio de intercambio virtual y presencial para elaborar una plataforma común en la que tod@s se sientan contemplados.